JONDAL ASSESSORS

Declaraciones de renta

Desde nuestra asesoría te lo ponemos fácil, realizamos tu DECLARACIÓN DE LA RENTA del ejercicio anterior.

No tendrás que desplazarte, te lo gestionamos todo vía e-mail, teléfono o Whatsapp, nuestros profesionales estudiarán su caso detalladamente, así como todas las deducciones posibles.

Muchos de los borradores de Renta que confecciona la Agencia Tributaria (AEAT) contienen errores que pueden hacerte pagar mucho más IRPF de lo que deberías.

Informaciones erróneas, novedades fiscales que te benefician o variables de IRPF que pueden hacerte desgravar impuestos y que no han sido contempladas en el borrador de la Renta. Un buen servicio de asesoramiento y gestoría permite identificar estos errores a tiempo y asegura que no pagues más IRPF de lo que deberías.

En JONDAL ASSESSORS somos expertos en Renta e IRPF. Años de experiencia y miles de Declaraciones presentadas. Te asesoramos de forma personalizada y garantizamos la máxima confidencialidad.

PRECIOS PERSONALIZADOS

Como cada persona es distinta y no queremos que pagues de más, cada Renta tiene un precio personalizado.

Calendario 2021

5 de abril de 2021: inicio de la Renta 2020

El 5 de abril de 2021 se prevée comienza la Campaña de la Renta 2020. A partir de esta fecha, se inicia el plazo para presentar las siguientes Declaraciones:

  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: los contribuyentes españoles obligados a declarar el Impuesto de la Renta de Persona Física (IRPF) deberán presentar el modelo 100.
  • Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio: los contribuyentes con determinadas cuantías de bienes patrimoniales deberán presentar el Modelo 714.
  • Declaración de la Renta de Impatriados: los trabajadores extranjeros con residencia fiscal en territorio español que estén obligados a declarar su renta deberán presentar el Modelo 150.

¿Qué documentación necesitas?

25 de junio

Último día para domiciliar el pago

Si el resultado de la Declaración te sale a ingresar podrás domiciliar en tu cuenta bancaria el pago. Hacienda establece el 25 de junio de 2021 como el último día para domiciliar el pago de la Declaración de la Renta, la Declaración de la Renta de No Residentes y la Declaración de la Renta de Impatriados.

Declaración de Patrimonio

El 25 de junio de 2021 finaliza el plazo para presentar la Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio en Hacienda.

30 de junio de 2021: fin de la campaña

La Agencia Tributaria ha determinado que el último día para presentar la Renta 2020 sea el 30 de junio de 2021, siempre y cuando el contribuyente cumpla con alguna de las siguientes condiciones:

  • Si tu Declaración de la Renta te ha salido a devolver (IRPF e IRNR)
  • Si quieres renunciar a la devolución.
  • Para Rentas a pagar (no patrimonios) pago de forma directa en una entidad bancaria. No se admiten domicializaciones de pago a partir del 25 de junio.
  • Si quieres presentar una Declaración Complementaria.

La Declaración de la Renta Complementaria

Si por algún motivo hemos olvidado añadir alguna información o hemos cometido algún error y ya hemos presentando la Declaración de la Renta, tenemos hasta el 30 de junio de 2021 para presentar una Declaración Complementaria.

Mediante este tipo de Declaración conseguiremos enmendar nuestros fallos y evitaremos tener que pagar sanciones o recargos por presentar fuera de plazo o por Requerimientos de Hacienda.

A partir del 1 de julio: Declaración fuera de plazo

Si presentamos la Declaración de la Renta o una complementaria del ejercicio 2020 a partir del 1 de julio de 2021, o bien cualquier otra Declaración de años anteriores, podremos hacerlo pero deberemos que afrontar el pago de sanciones y recargos. Los importes de las multas por presentar la Renta fuera de plazo varía según las condiciones particulares de la Declaración de cada contribuyente. Puedes ampliar información en Declaración de la Renta fuera de plazo.

Declaración de la Renta de No Residentes

Los contribuyentes no residentes en España a efectos fiscales pero que tienes inmuebles están obligados a declarar el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) mediante el Modelo 210. Los plazos de presentación varían en función del tipo de Renta obtenida y no es el mismo calendario que el de Renta 2020.

¿Tengo la obligación de hacer la Declaración de la Renta este año?
Tienen obligación de presentar la declaración de la renta: las personas contribuyentes que obtengan rendimientos, rentas imputadas y ganancias patrimoniales sujetos al impuesto que cumplan los siguientes supuestos:

  • Percibir una renta superior a 20.000€ anuales
  • Percibir una renta entre 12.000,01 y 20.000€ anuales y que se encuentren incluidos en alguno de estos supuestos:
    • Más de un pagador de rendimientos del trabajo.
    • Más de un contrato de trabajo en el ejercicio o prorrogado el que estuviese vigente.
    • Perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos sujetas y no exentas al impuesto.
    • Contribuyentes que incumplan alguna de las condiciones, plazos o circunstancias establecidas para el derecho a disfrutar de alguna exención, bonificación, reducción, deducción o cualesquiera beneficio fiscal que conlleve o implique la necesidad de comunicar a la Administración Tributaria dicha circunstancia o de efectuar regularización o ingreso.
Otros supuestos fijados en el Reglamento de IRPF artículo 75.